OTORGAN FACILIDADES AL EMISOR ELECTRÓNICO POR DETERMINACIÓN DE LA SUNAT PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN Y/O IMPORTACIÓN DE DOCUMENTOS Y OTROS, MEDIANTE R.S. 253-2018/SUNAT PUBLICADO EL 28.10.2018.
Mediante dicha Resolución también se modifica la RS 155-2017/SUNAT en la cual los contribuyentes contenidos en el ANEXO IV de dicha resolución que eran emisores electrónicos a partir de 01.11.2018 ahora lo serán a partir del 01.03.2019.
Así mismo los contribuyentes que superaron las 150 UIT en el año 2017 y eran designados emisores electrónicos a partir del 01.11.2018 ahora lo serán desde el 01.03.2019.
REGULAN NUEVOS SUPUESTOS DE CONCURRENCIA DE LA EMISIÓN ELECTRÓNICA Y DE LA EMISIÓN POR OTROS MEDIOS MEDIANTE RS 254-2018/SUNAT.
Mediante esta resolución se incorpora el ANEXO I a la RS 340-2014/SUNAT en la que establece la relación de zonas con baja o nula conexión a internet; estableciendo que el emisor electrónico que tenga domicilio fiscal y/o establecimiento anexo en las zonas de baja o nula conexión a internet podrán emitir comprobantes impresos hasta el 31.03.2019.
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